domingo, 23 de agosto de 2009

Aprueba legislatura ley de terminación laboral de servidores públicos

Aprueba legislatura ley de terminación laboral de servidores públicos

Es causa de terminación de la relación de trabajo el término de la administración
Teotihuacan en Línea. Teresa Ortiz. La LVI Legislatura del Estado de México adicionó como causa de terminación de la relación de trabajo, la conclusión de la administración estatal o municipal para la cual fue contratado el servidor público, a fin de permitir a las nuevas administraciones contratar a los servidores públicos que requiera. Sin embargo, el decreto no se aplicará a las relaciones de trabajo iniciadas antes de la entrada en vigor de este ordenamiento, sujetándose estas, a las disposiciones vigentes al momento de la contratación para salvaguardar los derechos adquiridos.
En Sesión del VII Periodo Ordinario, el Pleno aprobó por mayoría las reformas a la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios, en las que se establece la reducción de los términos para la presentación de la demanda, la rescisión de la relación laboral y la solicitud para la ejecución de los laudos, a fin de evitar procedimientos largos que generen salarios caídos que afecten el objeto de la administración pública estatal y municipal.
De acuerdo con el documento, al que dio lectura el diputado del PRI, Apolinar Escobedo Ildefonso, vicepresidente de la Directiva, se define la integración del Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje, de las Salas Auxiliares, así como la designación de su presidente, el cual durará en su cargo el mismo tiempo que la administración pública en la cual fue designado, pudiendo ser ratificado a propuesta del gobernador entrante.
El dictamen elaborado por la Comisión de Legislación y Administración Municipal, establece que las notificaciones surtirán efecto el día en que se practiquen, y cuando el domicilio de la persona demandada se encuentre fuera del lugar de residencia del Tribunal o la Sala, estos podrán ampliar el término en función de la distancia a razón de un día por cada 150 kilómetros. Las partes en conflicto deberán señalar un domicilio para recibir las notificaciones de carácter personal, precisando el momento en que surten sus efectos; de no hacerlo, las notificaciones de cualquier índole, se harán por estrados o boletín laboral.
También en el desahogo de la prueba testimonial se obliga a los testigos a identificarse ante el Tribunal o la Sala, de lo contrario se desertará a ese testigo. En caso de incumplimiento de la ejecución de los laudos, a petición de la parte interesada, el Tribunal o la Sala dictarán auto de requerimiento de pago y embargo.
El diputado del PRI, Gastón Rubio González, secretario de la Comisión de Trabajo, Previsión y Seguridad Social consideró que esta reforma fue aprobada por unanimidad en la Comisión dictaminadora, porque se reconocen en ella apartados nobles y justos que dan certeza jurídica a la relación laboral de los trabajadores de confianza.
Opinó que las reformas refrendan las medidas de protección al salario y los beneficios de seguridad social que otorga el estado; pero además, presenta innovaciones normativas de beneficio a la relación contractual, al precisar el tipo de relación de trabajo de quienes desempeñan actividades directamente vinculadas con los servidores públicos de confianza.
Evitar acciones de grupos gangsteriles”
La iniciativa, dijo, no pretende acrecentar el problema de los despidos y el desempleo, ni mucho menos abre la posibilidad a los gobiernos estatal y municipal de despedir a sus trabajadores, “al contrario, la intención es evitar acciones gansteriles de grupos que han tomado como modus vivendi las demandas laborales en contubernio con algunos pseudoabogados, aprovechando lagunas laborales y dilapidando con ello las arcas de las instancias estatales y municipales, cuyos recursos deben ser destinados a la prestación de servicios públicos y no al pago de indemnizaciones millonarias por laudos laborales amañados”.
Propuso agregar un artículo transitorio para que el decreto no se aplique a las relaciones de trabajo que hayan surgido con anterioridad a su entrada en vigor sujetándose a las disposiciones que se encontraban vigentes al momento de su contratación y salvaguardar sus derechos adquiridos. Lo cual fue aprobado por mayoría.Teotihuacan en Línea

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