sábado, 14 de enero de 2017

Sanciones a servidores públicos que incurran en actos de corrupción: Fernanda Rivera

Sanciones a servidores públicos que incurran en actos de corrupción: Fernanda Rivera


Teotihuacán en Línea. Toluca. La diputada local Fernanda Rivera Sánchez, presentó una iniciativa para reformar diversos ordenamientos del Código Penal del Estado de México, con el propósito de homologar las reformas realizadas al Código Penal Federal en materia de anticorrupción, así como adecuar la normatividad local para identificar situaciones que agravan la comisión de diversos delitos.
La iniciativa, pretende reformar la denominación del Título Segundo y del Sub Título Segundo, y los artículos 129, 130, 135, 136, 137, 137 bis, 138, 139, 140, 141 y 143, así como la adición de los artículos 144 Bis, 148 Quinquies y 148 Sixties del Código Penal del Estado de México.
Fernanda Rivera explicó que en 2016, la Cámara de Diputados aprobó la creación de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, la Ley General de Responsabilidades Administrativas y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, sin embargo, se hicieron algunas observaciones a la Ley General de Responsabilidades Administrativas del Decreto, aprobado por el Congreso de la Unión.
“La iniciativa contempla como servidor público a toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión en la administración pública estatal centralizada, organismos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria, organizaciones y sociedades asimiladas a éstas, fideicomisos públicos, empresas productivas del Estado, en los órganos constitucionales autónomos, en el Congreso del Estado, o en el Poder Judicial Estatal, o que manejen recursos públicos”, agregó la legisladora.
También, señaló que las disposiciones contenidas son aplicables al Titular del Poder Ejecutivo Estatal, a los diputados locales y a los jueces y magistrados del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México.
La diputada enfatizó que entre las sanciones que se impongan a los responsables de alguna comisión, se encuentran, la pena de destitución y la inhabilitación para desempeñar empleo o cargo público, así como para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas, concesiones de prestación de servicio público o de explotación, aprovechamiento y uso de bienes de dominio del Estado serán por un plazo de uno a veinte años


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