Policías podrían hacer inspecciones sin orden judicial: SCJN
Teotihuacán en Línea. CDMX. La Suprema Corte de Justicia de
la Nación (SCJN) declaró Constitucional la figura de las inspecciones
policiacas sin orden judicial o ministerial, prevista en el código que regula
los procedimientos del nuevo sistema penal.
Por mayoría, el Pleno de la Corte avaló porciones de tres
artículos del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), impugnados por
la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), que permiten las
inspecciones externas y superficiales por parte de los policías en la
investigación de delitos.
Esas inspecciones son "actos momentáneos y
excepcionales de molestia", y se pueden practicar a las personas para
detectar objetos o instrumentos del delito entre sus ropas o posesiones, así
como a sus vehículos, y también de manera forzosa si hay resistencia.
El Ministro Presidente Luis María Aguilar afirmó que las
inspecciones son una medida “Proporcional, idónea y con un fin
Constitucionalmente válido, de proteger la seguridad pública y los derechos de
las víctimas de delitos”.
Javier Láynez, autor del proyecto, destacó que la flagrancia
de un delito se puede revelar de dos maneras; “Cuando el ilícito es evidente a
la vista del policía, o cuando la inspección es la que lo revela, y reiteró que
los Jueces de Control son los que calificarán si dicha inspección fue legal”.
Varios Ministros de la mayoría hicieron críticas y
comentarios al proyecto, por lo que pasarán varios meses antes de que se
conozca la versión final de la sentencia y los criterios respectivos.
Algunas porciones de los artículos 251, 266 y 269 del CNPP
fueron avalados por mayorías de ocho votos, y otras solo tuvieron siete, por lo
que José Ramón Cossío advirtió que no habría votación suficiente para que los
criterios del proyecto sean obligatorias para el resto del Poder Judicial.
Cossío dio a entender que, si empiezan a llegar a la Primera
Sala de la Corte amparos contra las inspecciones, ésta los podría otorgar, pues
tres de sus cinco integrantes estuvieron en la minoría de hoy.
"Me cuesta trabajo entender que una declaratoria de
validez del Pleno, después pudiera ser contradicha por las Salas", replicó
Aguilar.
La Corte seguirá discutiendo otros aspectos del CNPP, entre
ellos, los aseguramientos de bienes decretados por el Ministerio Público, la
geolocalización de teléfonos vinculados con delitos, la duración de las medidas
cautelares que se imponen a los procesados y el concepto de flagrancia en
delitos que requieren denuncia
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