miércoles, 11 de agosto de 2010

Diputados mexiquenses aprueban modificaciones a la Ley de desarrollo Social

Diputados mexiquenses aprueban modificaciones a la Ley de desarrollo Social

Acordaron datos de beneficiarios de programas estatales y federales


Teotihuacan en Línea. Paolo Sampayo. Toluca. Al analizar y aprobar el dictamen de proyecto para reformar diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado de México, de la Ley de Planeación del Estado y Municipios, así como de la Ley de Desarrollo Social de la entidad, integrantes de las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales, y de Desarrollo Social, de la LVII Legislatura estatal, consideraron indispensables las reformas para dar prioridad a la información sobre regiones con mayor número de beneficiados potenciales y desarrollar mejores programas y acciones contra la pobreza.
Presididos por: José Sergio Manzur Quiroga y Pablo Bedolla López, presidentes de ambas comisiones, los diputados aprobaron mecanismos como la información de primera mano que permitirá conformar bases de datos de los beneficiarios de programas estatales y federales en los 125 municipios, así como su manejo transparente, con la finalidad de contribuir a una mejoría sustentable en las condiciones económicas y sociales de los mexiquenses de escasos recursos.
De igual manera, se solventaron modificaciones a la Ley de Desarrollo Social del Estado de México, en cuatro grandes apartados: 1) fortalecer la base normativa conceptual del desarrollo social, que dé certidumbre y sea guía del ejercicio gubernamental; 2) definir y diferenciar programas y acciones de desarrollo social; 3) establecer responsables y lineamientos para evaluar la política, programas y acciones de desarrollo social; y 4) mejorar la coordinación de las instancias vinculadas al desarrollo social.
Se estableció la conformación de compendios informativos para la determinación de zonas con alto impacto de programas de Desarrollo Social que el gobierno estatal pone en práctica y con lo cual, a mediano plazo se establecerán mecanismos perfectibles para la planeación de crecimientos, tanto urbanos como rurales.
En este sentido, se aprobaron reformas para definir claramente lo que es el “Manual Ciudadano”, considerándolo como el compendio de programas de desarrollo social que integra la Secretaría del ramo, con las reglas de operación de los mismos, estableciendo como obligación del Ejecutivo Estatal, informar a la sociedad de los programas en la entidad de desarrollo social.
Por otra parte, se aprobaron las modificaciones al apartado relativo a las reglas de operación de los programas de desarrollo social, estableciendo elementos para su diseño, operación, evaluación y transparencia, por lo que deberán contar -al menos- con identificación del derecho social o carencia que atiende el programa; definición del universo de atención; identificación de la población objetivo; localización del tipo de apoyo a otorgar; definición del mecanismo de enrolamiento; establecimiento de la contraprestación del beneficiario; graduación del beneficiario; mecanismos de participación social; quejas y denuncias; así como procesos de evaluación

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