Suprema Corte declara ilegal detenciones sin orden de aprehensión previa
Teotihuacan en línea. Integrantes de
El tema consistía en interpretar el párrafo sexto del Artículo 16 constitucional, respecto a la facultad del Ministerio Público para ordenar una detención por “caso urgente”.
Al resolver los asuntos,
Además es necesario que se cumplan algunos requisitos, como que se trate de un delito tipificado como grave; exista fundado riesgo de que el inculpado escape; y el Ministerio Público no pueda acudir a un juez por razón de hora, lugar o circunstancias.
En consecuencia, si una persona es detenida bajo el supuesto de “caso urgente”, pero no existe la orden de detención emitida por el Ministerio Público, considerando las condiciones antes señaladas entonces la detención es inconstitucional.
“En otras palabras, no puede detenerse a persona alguna a menos que exista una orden previa de detención por parte del Ministerio Público, por lo que la figura de caso urgente no puede ser usada para convalidar una detención”, dijeron
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