miércoles, 13 de abril de 2022

Prima Vacacional. Derecho obligatorio para los trabajadores


Prima Vacacional. Derecho obligatorio para los trabajadores

Teotihuacán en Línea/Edomex en Línea. Redacción. Para nadie es un secreto que la cantidad y la calidad del descanso influye enormemente en el bienestar general de las personas y que puede generar beneficios adicionales para la salud física y mental.

Todo trabajo, sea intelectual o físico, implica un esfuerzo y por tanto cierto grado de desgaste. Por ello, las vacaciones significan una oportunidad para que los colaboradores se recuperen y vuelvan con ánimo de continuar desempeñando sus funciones de forma óptima, casi como “reiniciarse”.

Para estos efectos, la Ley Federal del Trabajo establece en su título tercero, capítulo cuarto, una serie de artículos en donde se puntualizan las especificaciones, sobre el derecho que tienen los trabajadores para disfrutar de un período anual de vacaciones pagadas, tales como cantidad mínima de días y por años de antigüedad, remuneración en caso de término de relación laboral… y prima vacacional.

Qué es la prima vacacional

El artículo 80 de la Ley Federal del Trabajo menciona que “los trabajadores tendrán derecho a una prima no menor de 25%  sobre los salarios que les correspondan durante el período de vacaciones”.

Se trata de una prestación de ley que las empresas están obligadas a dar a sus colaboradores como una retribución a ser utilizada durante sus días de vacaciones por año.

Se entrega de forma anual, posterior a cumplir un año de servicio y dependiendo de las políticas de la empresa pueden ser depositadas al hacer efectivos los días de descanso o al cumplirse otro año de servicio.

Cómo calcular la prima vacacional

Al tratarse de una prestación que depende de los años de antigüedad… es necesario establecer cuántos días le tocan al trabajador, de acuerdo al número de años de servicio.

“Los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un período anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a seis días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a doce, por cada año subsecuente de servicios.  Después del cuarto año, el período de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicios”, indica la Ley Federal del Trabajo. Artículo 76. Última reforma publicada DOF 12-06-2015

Una vez conocemos los días de vacaciones por ley que tiene un colaborador al año según su antigüedad, para calcular la prima vacacional necesitas saber cuál es el sueldo diario del trabajador (dato que normalmente se identifica en el recibo de nómina como S.D. o simplemente puedes calcularlo dividiendo el salario mensual entre 30) y multiplicarlo por los días de vacaciones a los que tiene derecho. Esa cifra multiplicarla de nuevo, pero esta vez por .25, que es lo mínimo que marca la ley.

Cuándo se paga esta prima

Otra cosa que también depende de las políticas de las empresas es cuándo se paga la prima vacacional, ya que puede ser al momento de cumplir un año más como colaborador o al elegir tomar las vacaciones.

Al hablar sobre el cálculo de esta prestación, es importante hablar sobre su relación con el ISR, ya que está exenta de pagarlo siempre y cuando la remuneración económica sea equivalente a 15 veces la UMA, es decir de hasta $1,209 MXN. Si el monto es mayor a la exención, el excedente será gravable.

Conocer esta información es importante tanto para los colaboradores, como para la empresa y quien se encarga gestionar las prestaciones, pues su realización adecuada es vital tanto para realizar el pago correcto, como para mantener un buen ambiente laboral y estar al corriente con la ley. Si desea asesoramiento legal específico, deberá consultar a un abogado

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