martes, 24 de enero de 2023

Suprema Corte permitirá reformas sobre gobiernos de coalición en el Estado de México


Suprema Corte permitirá reformas sobre gobiernos de coalición en el Estado de México

Edoméx en Línea/Teotihuacan en Línea. Ciudad de México. El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró la validez de las reformas al Código Electoral del Estado de México mediante las cuales se regula la figura de los gobiernos de coalición.

Estas modificaciones fueron impulsadas por la mayoría legislativa del PRI-PAN, PRD, PT, PVEM y MC en septiembre pasado en el Congreso local y fueron la condicionante de los panistas y perredistas para sellar una coalición electoral con el tricolor para los comicios por la gubernatura, pues las reformas incluyeron la elaboración de un acuerdo de participación en el que se definen los espacios que tendrá cada una de las fuerzas políticas coaligadas en el próximo gobierno, en caso de triunfo.

A pesar de que la propuesta de la ministro Yasmín Esquivel planteaba la invalidez de las reformas, al final, no se alcanzaron los votos suficientes para anularlas, pues solo se obtuvieron 6 de 8 votos necesarios.

En principio, la Corte discutió si el Congreso local tenía competencia para legislar en materia de gobiernos de coalición, pues esta figura solo puede ser regulada por el Congreso de la Unión, sin embargo los ministros señalaron que sí había un matiz electoral en el asunto, por lo cual, era viable que se normara en el Código Electoral.

También, se discutió si las reformas debieron quedar plasmadas en la Constitución local y no sólo en el Código Electoral, pero no se alcanzaron los votos necesarios para ello, de tal forma que se dejaron intactas las reformas al artículo 74 bis de la norma  electoral, que habla de los gobiernos de coalición y del acuerdo de participación que deben presentar los partidos para definir la integración del gobierno de coalición.

Por último se discutió la validez de las reformas a los artículos  390 y 407 del Código Electoral en el sentido de si el Tribunal Electoral local era competente para conocer de un eventual recurso de apelación al incumplimiento del acuerdo de participación inscrito en el IEEM por los partidos coaligados, pues Morena, argumentó que esto era un trámite administrativo, pero los ministros determinaron que sí tiene implicaciones electorales, en tal sentido se dejaron intactas las reformas a estos dos artículos

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