martes, 4 de enero de 2011

LVII Legislatura aprobó una serie de reformas en materia electoral en 2010

LVII Legislatura aprobó una serie de reformas en materia electoral en 2010

Disminuyen tiempos de campañas y financiamiento a partidos políticos para proselitismo

Prohíbe colocación de propaganda en equipamiento urbano

Aumenta número de ciudadanos insaculados para participar en casillas electorales

Teotihuacan en Línea. Paolo Sampayo. Toluca. La LVII Legislatura mexiquense aprobó reformas a la máxima ley estatal y al Código Electoral.Derivado de estas modificaciones, los diputados locales de las ocho fuerzas políticas representadas en el Congreso local y un independiente, redujeron los tiempos de campañas de 90 a 45 días para la elección de gobernador y de 45 a 35 para diputados locales y ayuntamientos.Anunciaron también, el incremento en 20 por ciento los ciudadanos elegidos para ser capacitados como funcionarios de casilla; y delimitaron las funciones del Órgano Técnico de Fiscalización y del secretario ejecutivo general del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM), con relación a los dictámenes y sanciones procedentes a los partidos políticos.En congruencia con los tiempos dispuestos en el calendario político electoral sobre la renovación del Poder Ejecutivo estatal; convocaron a los ciudadanos mexiquenses y a los partidos políticos a participar en la elección ordinaria para elegir Gobernador, para el periodo del 16 de septiembre de 2011 al 15 de septiembre de 2017; la convocatoria fue publicada los primeros siete días del mes de diciembre.Además, informaron que, a fin de fortalecer las Coaliciones, en razón de que generan un mayor grado de certeza y confiabilidad para los ciudadanos, se eliminó del Código Electoral de la entidad la figura de las Candidaturas Comunes como posibilidad para asociarse para fines electorales.De esta forma, en los procesos electorales los partidos tendrán derecho a postular candidatos, fórmulas, planillas o listas, por sí mismos o en coalición con otros partidos, sin que puedan modificar la modalidad de su postulación una vez otorgado por la autoridad electoral el registro correspondiente de los candidatos.Derivado de la reducción de los tiempos de campaña electoral, a propuesta de la diputada Flora Martha Angón Paz (PRI), los legisladores mexiquenses disminuyeron en un 20 por ciento el monto de financiamiento para la obtención del voto, estableciendo que en caso de que existan remanentes, estos serán reintegrados al IEEM para formar parte de su presupuesto.Con el propósito de prohibir la colocación de propaganda electoral, evitar la contaminación visual y material; y gastos por retiro y destrucción de dicho material, los legisladores mexiquenses avalaron las reformas propuestas por el diputado Héctor Carvallo Delfín (PRI), de esta forma el material proselitista no podrá colocarse en monumentos, construcciones de valor histórico o cultural, plazas públicas principales, edificios escolares, árboles o reservas ecológicas, oficinas y edificios públicos ni en equipamiento urbano que obstaculice la visibilidad de conductores vehiculares o circulación de peatones. Por otra parte, los legisladores ampliaron de 10 a 20 por ciento, los ciudadanos insaculados por cada sección electoral para la integración de las mesas directivas de casilla; el objetivo es contar con ciudadanos imparciales y con mayor interés en participar como funcionario de casilla, evitar la deserción o ausencia el día de la jornada electoral y la sustitución con personas sin la capacitación necesaria para fungir como funcionario de casilla.Finalmente los legisladores mexiquenses delimitaron en el Código Electoral, las atribuciones del Consejo General, del Órgano Técnico de Fiscalización y del secretario Ejecutivo General del IEEM. De esta forma al Consejo General le corresponde conocer y resolver sobre el dictamen de auditorias y verificaciones presentadas por el Órgano Técnico de Fiscalización y la aplicación de las sanciones procedentes, con base al dictamen que le presente el secretario ejecutivo general.Al Órgano Técnico de Fiscalización, la función técnica de auditoria contable y la de elaboración del proyecto de dictamen sobre lo auditado y al secretario técnico general, la elaboración del dictamen relativo a las sanciones que el Consejo General hubiere resuelto como procedentes, de acuerdo con la Propuesta del Órgano Técnico de Fiscalización

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